Una mujer protesta en Chile en una marcha LGBT. (Getty Images / Archivo) |
La Ley de Identidad de Género fue promulgada el año 2018 y garantiza la facultad de toda persona cuya identidad de genero no coincida con su sexo y nombre registral a solicitar el cambio legal. Su promulgación significó un antes y un después en materia de derechos a la comunidad trans. Aún así, los menores de 14 años no son incluidos para realizar el cambio, lo que ha generado un debate poco visibilizado incluso dentro de la misma comunidad.
Por Colomba Bolognesi y Francisca Vergara
Primero, debido a las posibles confusiones en torno al tema, es importante aclarar las diferencias entre una persona transexual y una persona transgenéro. Quien se identifica como transgénero es alguien que su identidad de género no corresponde al sexo con el que nace pero no se ha realizado la cirugía de reasignación genital, a diferencia de una persona transexual quienes sí se someten al procedimiento quirúrgico para que exista una alineación entre el sexo y género con el que se identifican.
Independiente a ello, ambos comparten la no identificación con su género de nacimiento, quienes pueden reconocer su identidad a lo largo de toda la vida.
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Sebastián Malagueño, de 23 años, es un hombre trans, que está en desacuerdo con lo que plantea la ley y asegura que los niños menores de 14 no puedan acceder al cambio es “injusto”. Por otro lado, Luca Merhe, de 18 años, también hombre trans, no está de acuerdo con que niños menores de 14 puedan acceder al cambio legal, ya que considera que es complicado entenderse a sí mismo desde tan pequeña edad. Aún así, Luca enfatiza en la importancia de acompañarlos activamente en el proceso de transición.
A pesar de que los menores de 14 años no están contemplados para realizar el trámite de cambio de género, la ley estipula una ayuda social para los y las niñas trans que pasan por el proceso, junto a sus familiares. Esto a través de un proceso multidisciplinario que incluye acciones de asesoramiento psicológico y biopsicosocial gratuito. Este debe contemplar que los prestadores de programas de acompañamiento profesional respeten en todo momento los derechos humanos de los niños trans y no tratarlos jamás como personas enfermas. En concreto, deben garantizar el pleno respeto al interés superior del niño, al derecho a ser oído, a la autonomía progresiva, a la no patologización, a la no discriminación arbitraria, a la confidencialidad, a la dignidad en el trato y al derecho y el deber preferente de los padres a educar a sus hijos.
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Josefina Cáceres, mujer trans y psicóloga exclusivamente de personas trans, es enfática en exponer las complicaciones de enfrentar a un niño desde tan temprana edad a un cambio de género legal, ya que, cuando es así muchas veces tienden a destransitar.
Por otro lado, Armando Escoffier, miembro de la Asociación Organizando Trans Diversidades; creada con el fin de generar comunidad desde el activismo trans e influir en políticas públicas que garanticen derechos a la comunidad, considera fundamental considerar a los menores de 14 años en la ley, para así hacerles sentirse aceptados por la sociedad.
A través de su experiencia como padre de una niña trans, la que a los tres años comenzó a experimentar una disforia de género, recalca la importancia de modificar la ley para solventar el vacío legal que presenta.
Este es un tema controversial dentro de la comunidad que no ha podido llegar a un acuerdo. Aún así, ambas partes enfatizan en la importancia del nombre social y que este se respete, junto con la necesidad de un acompañamiento activo durante el proceso. En este mes de suma relevancia para la comunidad los invitamos a informarse, crear una opinión sobre esta discusión y si conoces a alguien que esté pasando por una transición, acompañarlo en el proceso.
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